DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la ABG. María Gómez y Yasmin Izturriaga, en su carácter de Defensas Privadas de la ciudadana ADA GISELA DURAN, titular de la cédula de identidad N° 11.032.633, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 13 de Octubre de 2016 y fundamentada en fecha 18 de Noviembre de 2016, mediante la cual dicta SENTENCIA CONDENATORIA contra de la ciudadana ADA GISELA DURAN, titular de la cédula de identidad N° 11.032.633, a cumplir DOCE (12) MESES DE PRISION, mas las accesorias de la Ley, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal, asi mismo dicta SE.....