Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por la Abogada MARIBEL RODRIGUEZ MONCADA, Fiscal Veintiocho (28°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N 3° del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, mediante auto fundado de revisión de la medida privativa de libertad de conformidad al artículo 230 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal en fecha 23 de noviembre de 2016, mediante la cual acordó la medida de DETENCIÓN DOMICILIARIA, decretada al ciudadano acusado SIMÓN ANTONIO SEGURA PADILLA, titular de la cédula de identidad número V(...), de conformidad a lo establ.....