Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta por JESÚS GREGORY SALAS, contra la ciudadana abogada KARINA GONZÁLEZ MONTENEGRO, Jueza del Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, para el conocimiento de la causa penal N° IK41-S-2015-000006, seguida al ciudadano recusante, por la presunta comisión de los delitos de Abuso Sexual a Adolescente, previsto y sancionado en el artículo 260 en relación al artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Así se decide. Notifíquese dentro de las veinti.....