Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones en Materia de Delitos Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
Primero: NO ACEPTAR LA DECLINATORIA, realizada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, para conocer del RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA DEFINITIVA, dictada por el por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Lara en fecha veinticuatro (24) de mayo del año (2016) y realizada la publicación de la fundamentación en fecha 12 de enero de 2017, mediante la cual condena al imputado TIMAURE MÉNDEZ SIXTO PASTOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° (...), a una pena de veintiocho (28) años de prisión por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 405 del C.....