éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, en consecuencia DECLARA, a la ciudadana ELVIRA ROSA ÁLVAREZ DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-4.805.184, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante FREDDY JESÚS HERRERA ÁLVAREZ, antes identificado.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los catorce (14) días del mes de marzo de 2.018. Años: 207º y 159º.
La Jue.....