D E C I S I Ó N
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en sede civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO incoado por el ciudadano PABLO NEIL VASQUEZ ALDANA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad V-7.428.010, en contra de la ciudadana FRANCI ESTRELLA VASQUEZ ALDANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad V-5.254.844.-
SEGUNDO: RECONOCIDO el contrato de Compra-Venta de unas bienhechurías ubicadas en la calle 41 con carreras 23 y 24, casa N° 23-69, parroquia Concepción, Municipio Iribarren, Estado Lara, cuyas medias y linderos estas descritas en el documento que riela en el folio cinco (05).-
TERCERO: da.....