DECISION
Por los argumentos y fundamentos legales, jurisprudenciales y doctrinarios antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: Vista la solicitud de DIVORCIO suscrita por la ciudadana: KAREN FABIOLA LOZADA ROSALES, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, casada, titular de la cédula de identidad N°. V-17.942.074, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, ciudadana: LOLIS CAROLINA HERNANDEZ T, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 102.264, en contra del ciudadano: JORGE ELIECCER RONDON OSORIO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, casado, titular de la cédula de identidad N°. V-13.265.292, en consecuencia éste Tribunal, declara: INCOMPETENTE para conocer del presente asunto en razón al Territorio y en consecuencia, se declina la competencia del mismo a cualquier Juzgado Distribuidor .....