DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos SAMUEL GUSTAVO ESPINOZA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.273.337 y de este domicilio, correo electrónico: csjuriste@hotmail.com, número telefónico 0414-529.22.87, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio OSWALDO SALCEDO GIMENEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 199.149 y KEYBERLYN .....