este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir del presente Amparo Constitucional.
SEGUNDO: Se declara LA INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA DE LA ACCION DE AMPARO interpuesta Ana Virginia Escalante, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 5.684.521, y la ciudadana Ascensión Gutiérrez Gómez, de nacionalidad Colombiana, titular de la Cédula de identidad N° 38.435.102 asistida en este acto por la Abogada Mirna Coromoto Hernández de Meneses, venezolana, inscrita en el IPSA bajo el N° 36.988, en contra de la violación a sus derechos constitucionales por parte de la ciudadana MARYURY DAYANA FLORES CLAVIJO, en su condición de Directora estadal Oficina Táchira de Hábitat y Vivienda, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Hábitat y Vivienda. .....