DECISION
Con fundamento a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, tomando en consideración la presunción referida y a las necesidades del niño, declara: Con lugar la demanda de fijación del monto de la Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Ana Coromoto González Martínez, a favor de su hijo, el niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en contra del ciudadano Yoandri Josué Pérez Rodríguez, por tanto, se fija el monto de la Obligación de Manutención en la cantidad de ochenta mil bolívares mensuales (Bs. 80.000,oo) a razón de cuarenta mil bolívares quincenales (Bs. 40.000,oo), además del cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de vestido, educación, atención médica, medicinas, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que requiera el niño y se fija la cantidad de.....