En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ZOILA MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.079.021 contra la empresa C.A. CERVECERÍA REGIONAL.
SEGUNDO: Se condena en costas, en virtud de que la actora alego devengar una remuneración superior a los tres salarios mínimos.
TERCERO: Una vez se declare definitivamente firme la presente decisión, se ordena su remisión al Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, a fin que realice lo conducente de lo aquí ordenado.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dictada en Barquisimeto, estado Lara, el 21 de marzo de 2018
JUEZ
ABG.....