este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS EDUARDO GONZALEZ FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 16.584.170, representado por su apoderada judicial los profesional del derecho DEISY MUÑOZ ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado N° 36.491, con domicilio procesal en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, en contra la empresa BARAK 2015 C.A., y condena a pagar a la parte demandante la cantidades descritas en la presente decisión.