En vista de que los tres (3) días de despacho se cumplieron en fecha 01 de febrero de 2018 sin que la parte demandada ni por si ni por medio de representante alguno subsanara lo solicitado por este Tribunal, esta Juzgadora NIEGA LA HOMOLOGACIÓN de dicha transacción efectuada en fecha 23-01-2018. .Así se establece. Es todo