PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la apodera judicial de la parte demandada INGENIERIA 2.802 C.A contra el acta de fecha 21/02/2018, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el acta recurrida.
TERCERO: no hay condenatoria en costas dada las resultas del fallo.