D I S P O S I T I V O
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: Parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente y se modifica la decisión recurrida.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme a lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.