Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO.- Se decreta con lugar la aprehensión en Flagrancia conforme a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado ENYER ANDERSON DUDAMEL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.389.346, precalificando los hechos por el delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 413 en concordancia con el 420 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ASDRUBAL PARRA, Cédula de Identidad Nº 12.715.863.-
SEGUNDO.- Se impone de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 del Código Organico Procesal Penal, en relación con el articulo 242 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Lib.....