Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA MANTENER LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION DE LIBERTAD, al Ciudadano: ALEXABDER QUIROZ ESCALANTE quien es Venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 5.687.877 nacido en San Cristóbal, Estado Táchira, hijo de Ana Victoria de Quiroz y Alejandro Quiroz, con residencia en San Cristóbal Estado Táchira en la Urb. Andrés Bello, vereda 4 casa Nro. 54-84 Cuesta del Trapiche La Concordia o carrera 2 entre calles 5 y 6 Barrancas, igualmente en esa entidad regional, por lo que deberá presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la URDD de este Circuito Judicial Penal, hasta tanto concluya el Juicio Oral y Público. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 248, 250, 256 y .....