este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la acción por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, instaurada por la ciudadana ROSA MARÍA COCCIA MAZZAGUFO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.443.198, contra CONSTRUCTORA LA MONTAÑA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el día 17 de agosto de 2007, bajo el Nº 29, folio 144, Tomo 50-A y con posteriores modificaciones de fechas 16 de septiembre de 2009 inserto bajo el Nº 34, Tomo 66-A y del 22 de octubre de 2009 bajo el Nº 8, Tomo 72-A.
2. SE CONDENA EN COSTAS a la parte perdidosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber sido totalmente vencida.