Con base a las consideraciones anteriormente esgrimidas, y al tratarse de una solicitud de homologación de transacción que presuntamente versa sobre una enfermedad ocupacional que no a sido calificada como tal por el organismo competente, o al menos en autos no existe ninguna prueba que haga presumir el origen de la misma; y al no constar las pruebas promovidas por las partes a los efectos de conocer cuales son los derechos litigiosos, dudosos o discutidos, lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la referida SOLICITUD de HOMOLOGACIÒN DE TRANSACCIÒN consignada en fecha 19 de junio de 2015, por JOSE ALBERTO PRIETO QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 99.324, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante JOSE DOMINGO ALVAREZ CANELO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 15.091.719, y la entidad de trabajo demandada INVERSIONES CHAGUAMARAL DEL UNARE C.A, representada por la ciudadana MIRTA LARA, inscrita en e.....