En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Waldo Mayito Sosa Baez, Wilmer Rafael Vargas, Cesar Augusto Henríquez Alvarado, Eliazar Antonio Alvarez Briceño, Pedro José Castillo Lopez, Edgar Andrés Hernández Cordero, Cruz Alejandro Malvacias Alvarez, Jovanny Gaspar Mendoza Montes, Luís Alberto Núñez, Leonardo Alfredo Prieto Y Heisder Antonio Ramos Mendoza. Titulares de la cedula de identidad Nrosº 18.333.283, 9.576.177, 16.935.396, 15.960.302, 9.606.891, 14.337.391, 15.229.891, 17.627.994, 13.527.964, 14.159.146,14.160750, respectivamente, en contra de la empresa Estación de Servicio Valle Hondo Se ordena a la empresa Estación de Servicio Valle Hondo, que cancele a.....