DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada MARÍA SCARLET OLMETA, Apoderada Judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 6 de junio de 2016, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Se declara CON LUGAR la cuestión previa establecida en artículo 346.10, del Código de Procedimiento civil, opuesta en el presente juicio por NULIDAD DE ACTA de ASAMBLEA tiene intentado la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES URBEL C.A., (URBELCA), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 31 de enero de 1986, inserta bajo el N° 45, Tomo 4-A, modificados sus estatutos en varias oportunidades, y úl.....