Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en los términos en que fue expuesto y una vez conste en autos la obligación cumplida se ordenará el archivo del expediente.-
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. DELIA GONZALEZ DE LEAL
LA SECRETARIA,
ABG. EMMA GARCÍA.