DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, decide:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la querellante DANNY JUDITH SANTELIZ CHAVIEL, identificada en autos, debidamente asistida por el Abogado DARIO JOSE OLANO VILLASMIL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo matrícula N° 25.307, contra la sentencia dictada en fecha 16/12/2022, Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional de autos, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido. Se admite la acción de amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana DANNY JUD.....