DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la pretensión de TACHA DE FALSEDAD, intentada por los ciudadanos ADELA DE UZCÁTEGUI y ANTONIO RAMÓN UZCÁTEGUI, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES FORÁNEAS 94, C.A., todos previamente identificados.
Se condena en costa a la parte perdidosa en virtud de haber resultado totalmente vencida en la presente.
En consecuencia, queda Tachado de Falso el Instrumento protocolizado por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara bajo el número 35, protocolo primero, tomo 13° en fecha 10 de diciembre de 1980, que acompaña a su libelo y el de fecha 13 de noviembre de 1997, autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto anotado bajo el .....