DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Defensor Privado Abg. FERNANDO GUTIERREZ FORERO, titular de la cedula de identidad Nº.15.307.906 actuando con el carácter de apoderado Judicial del ciudadano ALFREDO GUTIERREZ FORERO titular de la cedula de Identidad N°15.732.444, asistido en este acto por el ciudadano PEDRO JOSE TROCONIS DA SILVA, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por el accionante CESO, cuando el Tribunal de Control N° 09 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 13-02-2017, se pronunció respecto a las solicitudes planteadas por el referido apoderada, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos c.....