DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión, intentada por la ciudadana: Trina Milagro Angulo Calanche, representada por el abg. Carlos Rodríguez Dorante, contra la ciudadana Hilda Rosa Rangel Alvarez, representada por los Abg. Lenin José Colmenarez Leal y Alcides Manuel Escalona Medina, todos identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, queda resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, sobre el inmueble tipo casa, distinguida con el N° 17-53, ubicada en la calle 34 entre carreras 17 y 18, Barquisimeto, Estado Lara, se ordena entregarlo totalmente libre de personas y cosas, solvente en el pago de los servicios; se le condena al pago de la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs.1.640.000,oo), por concepto de la falta de pago de.....