Revisado el presente asunto, este Tribunal se ABOCA al conocimiento del mismo, en virtud de la Rotación anula de los Jueces y visto que en fecha 25-02-2010 se acordó actualizar el cómputo, se ACUERDA la REFORMA DEL CÓMPUTO DE LA PENA IMPUESTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 484 ejúsdem, correspondiente al ciudadano LEOPOLDO ANTONIO RODRIGUEZ COLMENAREZ, C. I N° 20.669.093, de 23 años de edad, 7° de instrucción, Soltero, Obrero de oficio, hijo de Idalia Colmenarez y Leopoldo Rodríguez, nació en fecha 09-02-1987, natural de esta ciudad, residenciado en la Urb. La Sábila, Manzana O-10, casa N° 17, a media cuadra del Ambulatorio (antigua casa modelo),