Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR , la demanda por: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por la ciudadana: MARITZA VALERO PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.318.428, por intermedio de sus apoderados judiciales, DELIA C. RIVERO DE CESAR y PEDRO J. CESAR G., abogados en ejercicios, Inpreabogados Nros. 20.584 y 60.356, en contra del ciudadano: ALEX EDUARDO PEÑALOZA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.292.817.- En consecuencia, se declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento suscrito entre la ciudadana: MARITZA VALERO PAREDES y el ciudadano: ALEX EDUARDO PEÑALOZA CAMPOS, notariado ante la Notaría Pública Tercera de Barquisimeto, en fecha: 04-12-1997, inserto bajo el Nº 13, Tomo 241 de los libros de autenticaciones, sobre el inmueble consti.....