DECISIÓN
En base de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 08 y 517 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, DEJANDO A SALVO DERECHO DE TERCEROS, en atención al interés superior del niño, DECLARA que la ciudadana MILAGROS DEL PILAR SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.615.374, tiene como carga familiar al niño, de 5 meses de edad; y ACUERDA entregar dicha solicitud a la ciudadana MILAGROS DEL PILAR SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.615.374, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil......