DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por YERALDINE BETZABE RINCON FERRER, en su condición de imputada, asistida por el Abogado WILMER MUÑOS BRAVO, I.P.S.A N° 23.397, por la presunta OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, por parte del Juez de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Abg. Luis Alfonso Martinez, y alegando violación de derechos constitucionales, tales como el debido proceso, el derecho a la defensa, la tutela Judicial efectiva y el derecho de petición consagrados en los artículos 49 numeral 3° y artículos 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respecto a la Solicitud de P.....