Por todas las razones expuestas, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos GIOVANNY GREGORIO MONTES ALVARADO, de nacionalidad venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, fecha de nacimiento 21-09-1979, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de oficio albañil, titular de la cédula de identidad No 14.512.572. hijo de Gertrudis del Carmen Alvarado de Montes y Giovanny Antonio Montes Camacho, residenciado en el Municipio Unión, Barrio La Victoria, Callejón 1 con calle 2, casa S/N, a cuadra y media del Club El Carmen, Barquisimeto. A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (4) MESES DE PRESIDIO mas las accesorias del artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO tipo penal previsto y sancionado en el artículo 460 del .....