éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de divorcio y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: HANELORE ALBRECHT Y VÍCTOR MANUEL MELÉNDEZ YSAAC-CURA, por ante el Registro Civil de la Parroquia Catedral, del Municipio Iribarren, del Estado Lara, en fecha: 14-11-1977, anotado bajo el Acta de Matrimonio N° 771, del libro de registro civil de matrimonios llevados por ese despacho. Durante la unión procrearon dos (02) hijos, Johan Meléndez Albrecht y Hansel Meléndez Albrecht, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos.: V- 17.308.410 y V- 16.003.820. Siendo así, ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada, una vez quede firme la presente sentencia y consignado los fotostatos correspo.....