DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas N° 2, del Circuito con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: UNICO: Se RATIFICA las medidas de protección y seguridad contenidas en los numeral 5 y 6 del artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, consistente en: Artículo 90 numeral 5.- Se prohíbe al presunto agresor Javier Alexander Olivares Giménez, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.249.123, el acercamiento a la ciudadana Linda Luzmila Yépez Torrealba, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.170.045, en consecuencia no podrá acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia donde habite dicha ciudadana. Artículo 90 numeral 6.-Se prohíbe al presunto agresor Javier Alexander Oliva.....