En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los solicitante ciudadanos: FABIOLA FELICE GONZALEZ, ANA MORELA GONZALEZ DE FELICE, MORELA DE LA COROMOTO FELICE GONZALEZ, ALFREDO FERNANDO FELICE GONZALEZ, , FRANCISCO JAVIER FELICE GONZALES, ZORAYA ELIZABETH FELICE GONZALEZ, anteriormente identificados.
Publíquese, incluso en la página Web del TSJ Regístrese, y Déjese Copia Certificada de la presente decisión en los archivos llevados por el Tribunal de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y devuélvanse los originales al solicitante. Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con Sede en el Edificio Nacional.....