Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1.CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por la ciudadana SIUMING MARIA LAW DE PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.307.113, y de este domicilio, asistida en este acto por las abogadas LINMEY LAW y THALIA PICHARDO, inscritas en el IPSA bajo los N° 104.041 y 108.923, respectivamente, contra la ciudadana MARIANELIS CABRERA BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.176.563 y de domicilio.
2.SE ORDENA a la parte demandada la entrega libre de bienes y personas del inmueble ubicado en la urbanización Eligio Macías Mújica (San Lorenzo) Bloque 15, Planta Baja, Edificio 01, apto. N° 0004, el cual posee un puesto de estacionamiento, tres habitaciones, dos closet, un baño con cerámica, una cocina de mampostería y cerámica, sal.....