En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA EL DOCUMENTO cursante al folio 2, intentado por la ciudadana JOVITA DEL CARMEN FALCON DE RAMOS, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.787.446, domiciliada en el Caserío Negrete, Sector Las Casitas, s/n, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez, Estado Lara. ABOGADO ASISTENTE: ANTONIO COLMENARES DAZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.608.214, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.953. En contra de la ciudadana FANNY JOSEFINA DIAZ TORREALBA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el Caserío Negrete, Sector Las Casitas, s/n, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez Estado Lara, y Titular de la Cédula de Identida.....