Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la pretensión, intentada por la Firma Mercantil GESTIONES INMOBILIARIAS LA PRIMERA S.A., representada por la abogada SARAY UGEL contra la empresa TW, C.A, representada por la abogada SOUAD ROSA SAKR SAER, todos identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, queda resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, sobre el inmueble tipo local comercial identificado con el Nro. 5, ubicado en el Centro Comercial María, carrera 19 entre calles 11 y 12, Barquisimeto, Estado Lara, y se ordena entregarlo totalmente libre de personas y cosas, en perfecto estado de conservación y solvente en el pago de los servicios públicos tales como: agua, luz eléctrica, aseo urbano, teléfono. Se le condena a cancelar como indemni.....