DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ¬SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Jorge Armando Rojas Ríos, inscrito en el IPSA bajo el No.105.305, en su condición de apoderado judicial del oferido recurrente, CARLOS JOSE ALBORNOZ VIELMA, identificado en autos, contra la decisión de fecha 05 de Agosto de 2.014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, la cual declaró:
"...Vista la Reconvención propuesta por la parte oferida, ciudadano Carlos José Albornoz Vielma, este Tribunal advierte que la referida figura procesal no corresponde al procedimiento aquí ventilado, siendo que el mismo es propio del procedimiento ordinario establecido en el Libro Segundo Título Primero de la L.....