DISPOSITIVA:
Visto y escuchado los alegatos tanto del Representante del Ministerio Público y la Defensa Privada del imputado, este Tribunal de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda:
PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, contra los ciudadanos: : WINDER YOEL DIAZ MARTINEZ, FERNANDO MANUEL ALVARADO SUAREZ,, JORDANO JOSE SOSA RIVERO, RICHARD ALEXANDER QUERALES, y JUAN CARLOS MARRUFO PINEDA, , por la presunta comisión del delito de: TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTACION DE DROGA, previsto y sancionado en el articulo 149, ordinal segundo de LA LEY ORGANICA DE DROGA.-
SEGUNDO: Se admiten en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, a las cuales se adhirió la defensa, evidenciándose la necesidad, pertinencia, licitud, de las mismas, se admiten en su totalidad conforme a los artículos 313 nume.....