declara:
1. Su COMPETENCIA, para conocer del presente asunto por motivo de demora por la prestación de servicio público.
2. Se ADMITE, la acción de amparo constitucional interpuesta.
3. Se declara CON LUGAR la acción de amparo por servicio público interpuesto por la ciudadana JESSIKA DEL CARMEN MORILLO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.328.049, debidamente asistida por la defensora pública integral Primera del estado Lara Abogada Liliana Guerrero Solórzano, contra el Consejo nacional Electoral en la personal de la Registradora o Registrador Civil que se encuentre de guardia.
4. En consecuencia se ordena librar oficio bajo el N° 2022 / 164, dirigido al Registrador Civil de guardia del Seguro Social Dr. Pastor Oropeza de Barquisimeto, a los fines de ordenarle expida la orden de enterramiento de quien en vida se llamaba YONDER JAVIER MORILLO (+), antes identificado.