Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 26 de julio de 2012, por el abogado Pastor Mújica, en su condición de apoderado judicial del ciudadano David José Villalobos, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 23 de julio de 2012, en el procedimiento de tacha de falsedad opuesta por el ciudadano Antonio Ramírez Furiati, actuando en representación de la empresa Abitare Construcciones, C.A., contra el ciudadano David José Villalobos. Quedó asi CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas al apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.