IV
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano TEOFILO RAMÓN ALVARADO, titular de la cédula de identidad número 8.574.801, actuando en su condición de representante legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA JOSÉ TRINIDAD MORAN, RL., inscrita ante el Registro Público del Municipio Morán, en fecha 23 de septiembre de 2008, bajo el Nº 21, folio 96, tomo 1, asistida por la abogada Frandy Romero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 126.194, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 5, 49, 62, 70, 87, 89 y 118 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en el.....