En mérito a las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se mantiene MEDIDA CAUTELAR SUSTUTIVA A LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numeral 3º, la cual consiste en la presentación ante el Tribunal cada treinta (30) días. SEGUNDO: Se acuerda oficiar a los órganos de seguridad del Estado a los fines que deje sin efecto orden de captura que cursa en contra del ciudadano aprehendido. TERCERO: Se fija fecha de celebración de Audiencia Preliminar conforme a lo establecido en el artículo 327 del COPP para el día 12-06-2012 a las 9:00 a.m. QUINTO: Terminada la exposición de la Dispositiva, el imputado solicitó el derecho de pa.....