En virtud de lo antes expuesto, este TRIBUNAL DECIMO SEGUNDO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMETO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de revisión de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, efectuada oralmente por la Defensa, la cual no fue objetada por la representación fiscal, a favor del imputado JORDANIS ALBERTO RAMOS, dijo ser portador y titular de la Cédula de Identidad Nº 18.952.090, venezolano, natural de Carora Estado Lara, fecha de nacimiento 30-03-1987, edad 23 años, hijo de Gregoria Elizabeth Ramos y Lupercio Crespo, estado civil: soltero, Grado de Instrucción: 9no. Grado de Educación Media, de profesión u oficio: Albañil, domiciliado en El Roble, calle 10 con carrera 1, casa Nº 6795, a media cuadra del Estadio, Carora Estado Lara. Telf.: 0252-4440764 y 0416-3532948, en la presente causa seguida por la presunta com.....