DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinales 3 ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DEL IMPUTADO: CRUZ MARIO CORDERO AZUAJE, C. I N° 9.835.391, de 45 años de edad, 9° de instrucción, Soltero, hijo de Luís Segovia y Rosa Rodríguez, nació en fecha 22-06-1982, natural de Barquisimeto, Estado Lara, residenciado en sector el milagro vía caserío el toro casa sin número el eneal Estado Lara, consistente en la PRESENTACIÓN CADA TREINTA (30) DÍAS. Se Decreto CON LUGAR la FLAGRANCIA y se Ordeno la continuación de la causa por PROCEDIMIENTO ABREVIADO.
Así mismo, se indica que el dispositivo de esta decisión fue dictado en presencia de toda.....