Se dictó SENTENCIA DFINITIVA, declarando SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 26 de mayo de 2004, por la abogada MARIA ALEJANDRA GARCÍA CARUCI, contra la sentencia del 18 de marzo de 2004, proferida del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró SIN LUGAR la demandada de Divorcio, interpuesta por el ciudadano JULIAO RODRÍGUEZ, contra la ciudadana FANNY PASTORA HERRERA, identificados en autos. En consecuencia queda firme el vínculo matrimonial contraído en fecha 22 de marzo de 1978, por ante la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del estado Lara, bajo el Nro 240, folios 286 vto, del libro de registro de matrimonios llevados en el año 1978. Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada. Se condenó en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil.