DECISION.
Por todos los razonamientos antes expuestos, Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana del Estado Lara. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de los Imputados: ALFONSO JOSE PEREZ DÍAZ ; titular de la cedula de identidad N° 13510277 y GLENDY LEONEL APONTE PARRA, titular de la cedula de identidad N° 17104228, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD ESTABLECIDA EN EL Artículos; 256 ORDINALES 3, 4, 5 Y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá presentarse cada 8 días por ante la sede de este Tribunal, área de Imputados, Prohibición de salida de la Jurisdicción del Estado Lara , Prohibición de acudir a lugares donde se expendan bebidas alcohólicas o sitios de juegos, Prohibición de portar armas de fuego o arma blanca, acudir a la Institución de CORECUID a los fines iniciar tratamiento .....