AUTORIZACION DE ENTREGA CONTROLADA
Vista la solicitud de entrega controlada de dinero, presentada por el Ministerio Público, de conformidad con los artículos 66, 67 y 68, todos de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, se procede a fundamentar en los siguientes términos:
1.- El Ministerio Público acompaña a su solicitud de entrega controlada denuncia de fecha 15 de marzo de 2013, signada 034, por la comisión del delito de EXTORSION, formulada por el ciudadano YEPEZ EUSTAQUIO JOSE, titular de la cédula de identidad nro. 3.966.343, ante el Comando Regional nro. 4, Grupo Antiextorción y Secuestro del Estado Lara, la cual es del tenor siguiente:
"...El día miércoles 13 de marzo del presente año aproximadamente, a eso de las 03:00 de la tarde recibo una llamada telefónica a mi número (...)y una voz masculina me dice, MIRA EUSTAQUIO TENEMOS QUE HABLAR ALGO TU Y YO, (...)ME VAS A PAGAR 40 MIL BOLIVARES FUERTES O SI NO VOY A MATAR A TU.....