Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ANTONIO ACOSTA, JOSE ACOSTA, JAIME ALEMAN, KENNY ANDRADE, GUSTAVO ANTIUNEZ, ULISES AVILA, FREDDY CALDERA, MARCOS CASTILLO, JUAN CEPEDA, NELLY CHOURIO y MARY CONTRERAS, ANTONIO ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros V.-5.173.705, 10.596.926, 9.514.232, 5.039.523, 2.771.285, 5.041.131, 7.718.672, 13.023.902, 7.706.568, y 8.219.550, respectivamente, contra el INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS (HIPÓDROMOS DE SANTA RITA), instituto Oficial creado por Decreto Ley Nro 357 de fecha 03 de septiembre de 1958, publicado en .....