Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana MARIA ISABEL ROMERO GARCIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.752.495 de este domicilio, quien actuando en condición de Presidenta de BALLET FLOKLORICO JUVENIL DEL ESTADO LARA, Asociación Civil debidamente protocolizada por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 18, tomo 2, protocolo 1° de fecha 10-07-1987, asistida por la abogada en ejercicio MAYELA JOSE YEPEZ LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 143.900, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante arriba señalada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y lindero.....